El Tribunal Supremo (TS) ha adoptado la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y ha dictaminado que el plazo para reclamar los gastos hipotecarios indebidamente pagados comenzará a contar desde la fecha en que se declara la nulidad de la cláusula abusiva. Esta decisión, publicada el 14 de junio, abre una puerta a una avalancha de demandas contra las entidades bancarias.
¿Qué significa esta decisión para los consumidores?
La nueva sentencia del Supremo establece que los consumidores tienen cinco años (en Cataluña son diez años) para reclamar los gastos hipotecarios una vez que un juez declara la cláusula como abusiva. Esto supone un cambio respecto a criterios anteriores, que indicaban que el plazo comenzaba en enero de 2019, cuando se dictaron varias sentencias declarando abusivas estas cláusulas.
Esta decisión beneficia especialmente a aquellos consumidores con hipotecas más antiguas, permitiéndoles reclamar los gastos siempre que no hayan pasado más de cinco (en Cataluiña diez) años desde que se dictó la sentencia que declara la cláusula como abusiva. Antes, muchos consumidores veían sus reclamaciones rechazadas porque se consideraba que el plazo de prescripción empezaba cuando pagaron los gastos, lo que perjudicaba a los que tenían hipotecas más antiguas.
Un caso que marca la diferencia.
El caso que ha impulsado este cambio involucra a unos clientes que firmaron una hipoteca con Banco Santander en 1999 y reclamaron los gastos en 2017. El Supremo les dio la razón, determinando que el plazo para solicitar la devolución de los gastos no había prescrito, ya que comenzó a contar cuando supieron que la cláusula era abusiva. El banco deberá devolverles los gastos indebidamente cargados al consumidor más los intereses de demora, marcando un precedente para futuros casos.
Impacto potencial de la sentencia del TS.
En España, se estima que hay alrededor de ocho millones de consumidores que podrían beneficiarse de esta decisión, reclamando una media de entre 1.500 y 3.000 euros. Esto incluye a aquellos con hipotecas previas a junio de 2019, cuando la ley hipotecaria cambió para imponer la mayoría de los gastos a la banca.
Una nueva era en la reclamación de gastos hipotecarios.
El Supremo ha dejado claro que no le corresponde hacer consideraciones doctrinales sobre la jurisprudencia del TJUE ni sobre sus implicaciones en el Derecho privado de los Estados miembros de la Unión Europea. Sin embargo, ha adoptado la postura del TJUE de que el conocimiento de la abusividad se da cuando una resolución judicial adquiere firmeza, y solo en casos donde la entidad pruebe cumplidamente, de forma directa y no presuntiva, que el consumidor conocía la abusividad antes, el plazo de prescripción podría comenzar en una fecha anterior.
Y es que como explicamos el pasado mes de mayo en este mismo blog, la acreditación de tal conocimiento no se puede en ningún caso darse por la via de identificarse presuntivamente el mismo, por ejemplo, con la fecha en que se haya dictado una sentencia del TS o del TJUE o de cualquier otro órgano judicial en un caso similar, por mucha publicidad que se le haya dado a tal resolución; ni tampoco con la fecha de publicación o entrada en vigor de una norma regulando como se tienen que realizar determinadas reclamaciones de cláusulas abusivas, o la fecha publicación de un acuerdo del CGPJ estableciendo juzgados especializados en materia de cláusulas abusivas; ni, según nuestro parecer, el momento en el que se empezaron a hacer campañas publicitarias más o menos masivas sobre la posible abusividad y nulidad de determinadas cláusulas abusivas (por ejemplo, el año 2017, según el SAP Barcelona de 14 marzo 2024; ROJ: SAP B 348/2024). Sí, en cambio, cabe estimar acreditado tal conocimiento por la remisión por parte de la entidad de una carta informándo al consumidor que una cláusula contractual que contiene su hipoteca es abusiva, o la constatación que el consumidor conocía que una cláusula era abusiva y nula a raíz de una reclamación extrajudicial o judicial previa, o de un expreso reconocimiento de este hecho.
Esta decisión representa una victoria significativa para los derechos de los consumidores, que ahora tienen más herramientas y tiempo para reclamar lo que es justo.
Si tienes una hipoteca y crees que pagaste gastos indebidos, esta puede ser la oportunidad que estabas esperando para reclamar y recuperar tu dinero.
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